El proceso de admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos es el procedimiento legalmente establecido para facilitar la escolarización del alumnado que se incorpora al sistema educativo o cambia de centro.
Tiene carácter anual y puede diferenciarse entre:
Están sujetos al proceso ordinario de admisión de alumnos los comprendidos en los siguientes supuestos:
Las solicitudes de plaza escolar tienen carácter gratuito y pueden recogerse en cualquier centro educativo sostenido con fondos públicos y deben ser entregadas exclusivamente en el centro educativo elegido en primera opción. Todos los centros están obligados a tramitar las solicitudes aunque no tengan vacantes.
La solicitud de admisión debe presentarse en los supuestos citados anteriormente.
Solo se puede presentar una solicitud. Ésta será baremada exclusivamente por dicho centro y, en caso de no obtenerse plaza escolar, es enviada a la Comisión de Escolarización de zona, que adjudica una plaza escolar en uno de los centros en los que existan vacantes.
Con el fin de facilitar la adjudicación de plaza escolar, en la solicitud de admisión pueden incluirse, por orden de preferencia, otros centros educativos. Por ello es muy importante la decisión acerca de cual es el centro educativo que se elige en primera opción.
Se considera proceso extraordinario de admisión de alumnos el que se desarrolla una vez concluido el proceso ordinario.
Alumnos sujetos al proceso extraordinario de admisión:
Esta solicitud se debe entregar en la sede de la Comisión de Escolarización, situada en la Concejalía de Educación del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra:
Concejalía de Educación
C/ Juan Abad s/n
Teléfono: 954 979 205
E-mail: educacion@alcalaguadaira.org
Horario de atención al público: de lunes a viernes de 9.00 h a 13.00 h
En los colegios públicos hay unos plazos muy concretos, pero en los privados, la inscripción varía en función del colegio.