EL PLENO APRUEBA INICIALMENTE LAS ORDENANZAS FISCALES PARA 2018
Cuentan con una rebaja del Impuesto de Bienes Inmuebles y otros beneficios para aplazamientos y fraccionamientos de pago
Fecha: 27/10/2017
El pleno del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra ha dado luz verde a la aprobación inicial de la modificación de ordenanzas fiscales para el año 2018, requerimiento a nivel administrativo necesario para una mejor gestión y prestación de los servicios municipales, para que en el cumplimiento de los trámites legales establecidos, puedan aplicarse a partir del 1 de enero de 2018 con la adaptación a las normativas correspondientes en vigor. Tras el debate, la moción se ha aprobado con los votos a favor del Equipo de Gobierno socialista y dos concejales no adscritas, los votos en contra de PP, IU y Alcalá Puede y las abstenciones de PA y Ciudadanos.
En la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de las tasas e impuestos se propone la disminución del tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmueble de naturaleza urbana que se reduce hasta el 0,520%. Esta rebaja fiscal, unida a la actualización de los valores catastrales para 2018, supondrá una rebaja media en el recibo del IBI de 21 euros para el próximo año.
Esta bajada del IBI para 2018 situará a Alcalá de Guadaíra como uno de los municipios de la provincia con un tipo más reducido de este Impuesto en comparación con el fijado en otras localidades. Así en Alcalá el tipo estará fijado en el 0,520%, mientras que la media de la provincia de Sevilla se sitúa en 0,562%, siendo muy superior en municipios vecinos como en Morón, con el 0,73%, Carmona con el 0,627%, Mairena del Alcor con el 0,62%, o Coria del Río con el 0,67%.
Además, en la modificación de las ordenanzas fiscales para 2018 se incorporan otras medidas que ayudarán a mejorar la gestión y ofrecer más beneficios a los contribuyentes. De este modo, se agilizan y simplifican los trámites para solicitar aplazamientos y fraccionamiento de pago de los impuestos municipales gestionados por el Ayuntamiento. Se amplían plazos como los de solicitud de bonificaciones a los titulares de familias numerosas, y se mejoran los criterios de aplicación de determinados beneficios fiscales, como los referidos a los de vehículos adaptados de personas con movilidad reducida.
Igualmente, se declaran exentas de tasa de ocupación de vía pública las campañas informativas de entidades sociales, se reducen de 30 a 15 euros las tasas por ocupaciones de vía pública en caso de obras de escasa incidencia, y se modifica igualmente la tasa de matrimonio civil para adecuarla al coste efectivo de los servicios que se presta el Ayuntamiento fuera de jornada laboral.
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