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TRATAMIENTO DE LAS ORDENANZAS A LA HORA DE PINTAR EL INTERIOR DE UNA VIVIENDA

TRATAMIENTO DE LAS ORDENANZAS A LA HORA DE PINTAR EL INTERIOR DE UNA VIVIENDA

El Ayuntamiento aclara que las ordenanzas recogen lo estipulado en las leyes para considerar o no una intervención como obra y solicitar licencias o abonar tasas, cuestión que es aplicable en todos los municipios de España

Fecha: 02/12/2012

Tratamiento de las ordenanzas a la hora de pintar el interior de una vivienda:

a) El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra quiere aclarar que nunca exige el pago de tasas e impuestos por pintar el interior de las viviendas, de ahí que no esté contemplado en las ordenanzas municipales. Este concepto queda integrado cuando se realizan otros trabajos al mismo tiempo como pueden ser el picado o enfoscado de las paredes, pero en ningún caso por pintar únicamente las paredes.

 b) En el 2012 sólo se pidió en Alcalá de Guadaíra una licencia de obra menor de pintura en interior que llevaba parejo otros trabajos de pintura y enfoscado. En este caso fue de pintura de un local comercial y el Presupuesto de Ejecución Material fue de 750 euros, lo que hace que dicha obra no supere el mínimo y tenga unas tasas de 50 € y un ICIO de 30 euros (4%), lo que hace un total de 80 euros como máximo entre tasas e impuestos.

 c) Los impuestos y tasas de obras siempre son proporcionales al coste de la obra ejecutada, como marca la Ley.

 d)    La consideración o no de obra se decide en base a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía y a la Ley de Haciendas Locales, que a su vez debe recogerse en las Ordenanzas Municipales, lo que quiere decir que se aplica en TODOS LOS MUNICIPIOS DE ESPAÑA y no sólo en Alcalá de Guadaíra.

 e)    Cuando un ciudadano o empresa solicita una licencia de obra mayor debe presentar su correspondiente proyecto básico y de ejecución en el que aparecen reflejadas todas las unidades de obras a ejecutar y su valoración desglosada. Lo mismo ocurre a la hora de solicitar una licencia de obra menor.

 f)      La gran mayoría de licencias de obra menor, no requieren redacción de proyecto, por lo que para calcular el presupuesto se aprobó en las ordenanzas el apartado “Módulos estimativos para la valoración de actos sujetos a licencia por el procedimiento de comunicación previa”. Dichos precios tienen de referencia el Banco de Precios de la Construcción de la Junta de Andalucía.

 Con esto, se busca la proporcionalidad de pagos de tasas e impuestos en función de la obra ejecutada. Como ejemplo, podemos observar cómo se estima que la ejecución de la reforma completa de un cuarto de baño o una cocina asciende a 2.500 euros. En este caso, se multiplica la superficie por el valor estimado (al final de la obra se hará la liquidación) y se calcula el presupuesto de ejecución material sobre el que se aplica la tasa y el ICIO (Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras).

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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