Medidas en la hostelería para la fase 2 de la desescalada
FASE 2: a partir del 25 de mayo si las condiciones sanitarias lo permiten
- Apertura de locales de hostelería con consumo en el interior ( restaurantes y bares con servicio de mesa, no de barra), con una porcentaje de reducción en su aforo máximo permitido.
- Un restaurante con terraza, por ejemplo, podrá abrir el servicio de mesas en la calle, y en el interior también, pero con la limitación de aforo.
- Se garantizará la distancia de 2 metros de separación entre mesas y clientes.
- No se permite en esta fase la apertura de locales de discotecas o bares nocturnos.
- Cumplimiento estricto de las medidas de higiene.
INDICACIONES PARA CONOCER EL AFORO EN UN LOCAL DE HOSTELERÍA
- El aforo máximo de un local de hostelería se detallada en la Licencia de Apertura o declaración responsable de inicio de actividad que disponga cada establecimiento.
- Para el cálculo de la reducción del aforo permitido en las fases de desescalada, se aplicará el porcentaje de reducción sobre el aforo máximo establecido en la Licencia y siempre garantizando la distancia de seguridad de 2 metros de separación entre las mesas y clientes.
- El aforo máximo permitido también se especifica en el proyecto técnico de instalaciones que debe tener cada actividad para su puesta en funcionamiento.
- En última instancia, en caso de no disponer del dato de aforo máximo permitido, los titulares de las actividades podrán consultar con sus asesores técnicos particulares o ponerse en contacto con el servicio de licencias de actividades del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra a través del correo emprendia@alcalaguadaira.org que les asesorarán al respecto.
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